martes, 24 de marzo de 2015

Inicio del Plan de Vigilancia a la Salud 2015…

jueves 26 de febrero de 2015
"Erre que erre"… imponiendo reconocimientos médicos obligatorios y eliminando los voluntarios
Correos comunicó el 24 de febrero el inicio del Plan de Vigilancia a la Salud correspondiente al año 2015. El nuevo plan afectaría, como viene siendo habitual, a diferentes puestos tipo, quedando configurado conforme a la siguiente tabla
 
La novedad de este año es que según aparece en la información facilitada por el Responsable del Servicio de Prevención, o mejor dicho, no aparece, se han cargado de un plumazo los reconocimientos médicos voluntarios a los diferentes puestos tipo incluidos en los planes de vigilancia a la salud de años anteriores: PTP 1- Administrativo, PTP 4- At. Cliente, PTP 8- Jefe/a Tratamiento, PTP 9- Limpiador/a, PTP 10- Mantenimiento, PTP 13- Sanitario/a y PTP 14- Técnico/a.
 
CCOO HA PRESENTADO LAS SIGUIENTES ALEGACIONES:
[*]   Que no se efectúen los reconocimientos médicos obligatorios para el personal de Reparto 1 y Agente Clasificación 1 -PTP 2 y 11-, ya que se actúa en base a una interpretación errónea del Art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
[*]  Que el personal que realiza el diagnóstico esté profesional y legalmente obligado a la reserva de confidencialidad, y autorizado para poder realizar dichos reconocimientos médicos.
[*] Que se incluya con carácter voluntario para los reconocimientos médicos los siguientes puestos tipo: PTP 1- Administrativo, PTP 4- At. Cliente, PTP 8- Jefe/a Tratamiento, PTP 9- Limpiador/a, PTP 10- Mantenimiento, PTP 13- Sanitario/a y PTP 14- Técnico/a, ya que no aparecen en el documento “Inicio del Plan de Vigilancia a la Salud 2015”.
[*]  Que se efectúen todos los reconocimientos médicos dentro de la jornada laboral y en caso de que no se pueda efectuar dentro de jornada, que se descuente el tiempo invertido en el reconocimiento dentro de la siguiente jornada laboral.
[*]   Que se abonen los gastos de desplazamiento en aquellos casos que el/la trabajador/a tenga que efectuar traslado para efectuar el reconocimiento médico

Correos implanta el SAP en Habilitación, un nuevo sistema integral para la gestión y el pago de nóminas


El 27 de febrero la empresa ha explicado a CCOO los cambios que se producirán en la nómina tras la puesta en funcionamiento del Sistema SAP en las Habilitaciones de todas las Zonas y que ya percibiremos de la nómina de este mes.

¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS MÁS SIGNIFICATIVOS?
 
El complemento de Producción y Asistencia (CPA) se abonará en el mes natural de devengo. Este supuesto se implantará en la nómina correspondiente al mes de abril.
 
Excepciones en febrero y marzo:
 
- En la nómina de febrero percibiremos el CPA de enero, es decir, se abonará el CPA como hasta ahora.
- En la nómina de marzo se abonarán los CPAs correspondientes a los meses de febrero y marzo. Cobraremos 2 CPAs, como excepción.
- El formato de la nómina se adaptará al modelo SAP y la recibiremos en el centro de trabajo a mediados del mes siguiente al que corresponde la nómina, hecho que facilitará que las cotizaciones a la Seguridad Social correspondan a la cuantía real de la base reguladora del mes. 

A partir de mayo, las nuevas nóminas reflejarán las cotizaciones a la Seguridad Social especificando la cantidad que aporta la empresa y la que aporta el trabajador/a en función de la base reguladora.
 
En la nómina de febrero se incluirá también con el recibo de haberes, el certificado de IRPF correspondiente al ejercicio 2014.
 
Este sistema integral, abre la puerta a que en un futuro los/as empleados/as de Correos puedan visualizar su nómina desde la web, modificar sus datos personales, así como hacer las peticiones que estime oportunas a Habilitación.

miércoles, 4 de marzo de 2015

CCOO DEFIENDE LA ULTRAACTIVIDAD EN LA AUDIENCIA NACIONAL PARA QUE NO DECAIGA EL CONVENIO

El 3 de marzo se ha celebrado en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el juicio en el que CCOO ha impugnado la decisión de Correos de considerar extinguida la vigencia del III Convenio Colectivo, de manera, que, según la empresa, las condiciones de trabajo del personal laboral pasarían a regirse por el Estatuto de los Trabajadores, uno de los regalos incluidos con la reforma laboral de 2012. 

Según ellos, la vigencia finalizó un año después de la denuncia, el 18 de noviembre de 2014. La empresa, inducida por la voz de su amo, la SEPI, y haciendo lo mismo en la empresa Tragsa, también de SEPI, ha defendido que los pactos en convenios anteriores a la reforma laboral no valen y se tienen por no existentes. 

Vaya, que según Correos ya se han acabado, entre otros derechos, los concursos de traslados, los reajustes, los permisos adicionales y, ya puestos, capaces son de rebajar el salario a 600 €. Estaríamos temblando si no fuera porque detrás de esta maniobra está la intención de Correos de utilizar el miedo para que cerremos el IV Convenio y Acuerdo a bajo coste y de cualquier forma. 

Pero CCOO ha defendido -y la empresa lo sabe- que el art. 6 del III Convenio Colectivo supone un pacto para impedir precisamente que la ultraactividad se limite a un año, tesis que viene avalando la Audiencia Nacional -como lo hizo con Tragsa recientemente-, por lo que el III Convenio Colectivo, el vigente, se debe entender prorrogado hasta acordar un nuevo Convenio. 

La movilización promovida por CCOO con otras Organizaciones Sindicales ya consiguió que Correos rectificase su primera decisión de mantener la vigencia del Convenio hasta diciembre prorrogándolo hasta el 31 de marzo, sin que se hayan atrevido a suspender nuestros derechos, entre otras cosas porque saben que, por sentencia de la Audiencia Nacional, sería ilegal (hasta que no resuelva el Tribunal Supremo la demanda del Gobierno sobre ésta). 

Tras el juicio, estamos a la espera -breve- de que la Audiencia Nacional resuelva lo que ya ha decidido en esta materia: por muchas cartas que nos manda la empresa, no puede cargarse la vigencia del Convenio y Acuerdo General y si quiere cerrar un Convenio y Acuerdo con CCOO debe incorporar:

INCREMENTO SALARIAL, CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO Y, cómo no, REGULACIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD.