El 3 de marzo se ha celebrado en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el juicio en
el que CCOO ha impugnado la decisión de Correos de considerar extinguida la vigencia
del III Convenio Colectivo, de manera, que, según la empresa, las condiciones de trabajo
del personal laboral pasarían a regirse por el Estatuto de los Trabajadores, uno de los regalos
incluidos con la reforma laboral de 2012.
Según ellos, la vigencia finalizó un año después de
la denuncia, el 18 de noviembre de 2014.
La empresa, inducida por la voz de su amo, la SEPI, y haciendo lo mismo en la empresa
Tragsa, también de SEPI, ha defendido que los pactos en convenios anteriores a la
reforma laboral no valen y se tienen por no existentes.
Vaya, que según Correos ya se
han acabado, entre otros derechos, los concursos de traslados, los reajustes, los
permisos adicionales y, ya puestos, capaces son de rebajar el salario a 600 €. Estaríamos
temblando si no fuera porque detrás de esta maniobra está la intención de Correos de utilizar
el miedo para que cerremos el IV Convenio y Acuerdo a bajo coste y de cualquier forma.
Pero CCOO ha defendido -y la empresa lo sabe- que el art. 6 del III Convenio Colectivo
supone un pacto para impedir precisamente que la ultraactividad se limite a un año,
tesis que viene avalando la Audiencia Nacional -como lo hizo con Tragsa recientemente-,
por lo que el III Convenio Colectivo, el vigente, se debe entender prorrogado hasta acordar un
nuevo Convenio.
La movilización promovida por CCOO con otras Organizaciones Sindicales ya consiguió
que Correos rectificase su primera decisión de mantener la vigencia del Convenio hasta
diciembre prorrogándolo hasta el 31 de marzo, sin que se hayan atrevido a suspender
nuestros derechos, entre otras cosas porque saben que, por sentencia de la Audiencia
Nacional, sería ilegal (hasta que no resuelva el Tribunal Supremo la demanda del Gobierno
sobre ésta).
Tras el juicio, estamos a la espera -breve- de que la Audiencia Nacional resuelva lo que ya ha
decidido en esta materia: por muchas cartas que nos manda la empresa, no puede cargarse
la vigencia del Convenio y Acuerdo General y si quiere cerrar un Convenio y Acuerdo con
CCOO debe incorporar:
INCREMENTO SALARIAL, CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO Y,
cómo no, REGULACIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD.
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