martes, 16 de abril de 2019

Inicio de Negociación del Calendario laboral 2019
  • Con cinco meses de retraso desde que CCOO lo solicitó…
  • La empresa presenta un "Corta y Pega" de años anteriores.
  • En la regulación de la jornada y horarios, no todo es gestión, también hay derechos. Respétense.
Correos ha presentado en la reunión de hoy, 12 de abril, la propuesta del Calendario laboral para 2019. CCOO, sindicato mayoritario en la empresa, ha manifestado su malestar por la demora de un Calendario Laboral que se debió cerrar antes del 31 de diciembre de 2018. La propuesta de la empresa ha incluido pocas novedades respecto a los calendarios de años anteriores, salvo la mención al Acuerdo Plurianual 2018-2020, firmado por empresa y CCOO en el apartado Distribución de jornada y Calendario laboral, que no deja de ser testimonial y que hay que mejorar. El Acuerdo firmado da para más.
 
LA PROPUESTA DE LA EMPRESA RECOGE:
 
- Jornada ordinaria anual de 1.711 horas.
- Con carácter general, la jornada será de 37,5 horas de promedio semanal.
- Contempla el disfrute de una pausa de 20 minutos si se superan las 5 horas de jornada diaria continuada.
- Hace referencia al Acuerdo Plurianual 2018-2020, en el que se recoge la prestación del servicio en sábados, domingos y festivos con personal voluntario y retribuido, con una cuantía de 7,75 euros la hora.
Establece que las fiestas laborales, de carácter festivo y no recuperable, no pueden exceder de 14 al año, de las cuales dos serán locales.
- Las vacaciones, con carácter general, se deben disfrutar entre el 1 de julio y 30 de septiembre, determinando los porcentajes mínimos y máximos mensuales para que el personal pueda disfrutar las vacaciones en los meses de julio, agosto y septiembre.
Las oficinas y las USE con turno de tarde podrán suspender o modificar el horario de tarde en el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, por lo que los trabajadores/as adscritos a ese turno deberán disfrutar vacaciones en ese período y el resto de tiempo prestar sus servicios en turno de mañana.
Reconoce 6 días de asuntos particulares, que se disfrutarán antes del 31 de diciembre.
Regula los días adicionales de vacaciones para el personal funcionario y laboral, que se deberán disfrutar unidos al periodo vacacional.
- Contempla el disfrute de los días adicionales por trienios hasta el 31 de diciembre para el personal funcionario.
Establece la apertura de las oficinas el 18 de abril (Jueves Santo) para tramitar la solicitud del voto por correo.
Se vincula la existencia de Campaña de Navidad a los índices de actividad y negocio entre el 1 de diciembre al 10 de enero.
No menciona la gratificación recogida en el Convenio Colectivo por prestar servicio el sábado de Semana Santa y los días 24 y 31 de diciembre.

CCOO HA PLANTEADO LAS ALEGACIONES SIGUIENTES:

Fijar los turnos y horarios de cada centro de trabajo en función de su actividad.
Respeto a la jornada semanal de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo trisemanal, como marca el Convenio, sin superarla en ningún caso (si no, horas extras).
Puesta en marcha de la prestación de servicios en sábados, domingos y festivos con personal voluntario y retribuido. Si no hubiera voluntarios, contratación.
Periodos de descanso para todas las jornadas continuadas menores de 5 horas, siendo este descanso proporcional al número de horas realizadas diariamente.
Clarificación de los horarios de entrada y salida de todos los centros de trabajo, sin que estos puedan ser modificados, por necesidades operativas o de cambios de ruta, más de una vez al año.
Aplicación del registro de horarios de entrada y salida que el Gobierno reguló en Real Decreto por la presión de CCOO (para evitar trabajo fuera de la jornada, no retribuido).
Jornada continuada en los meses de julio, agosto y septiembre para los colectivos con horario de especial dedicación y establecimiento de un horario de salida que no vaya más allá de las 18:00 horas el resto del año.
- Incorporación de medidas efectivas para poder conciliar la vida laboral y familiar.
Priorizar el disfrute de las vacaciones y permisos al personal víctima de violencia de género.
Aplicación de los días adicionales por trienios y del disfrute de las vacaciones por días hábiles para el personal laboral.
Derecho del personal fijo discontinuo y del personal contratado a disfrutar las vacaciones que le corresponden dentro del período de duración de su contrato.
Respeto del periodo de Campaña de Navidad recogido en el Convenio Colectivo (del 1 al 31 de diciembre).
Aplicación de la gratificación correspondiente al personal que preste servicio los días 24 y 31 de diciembre y el sábado de Semana Santa. Este personal ha de ser voluntario y el mínimo imprescindible.
Fijar los periodos de campañas extraordinarias que se produzcan en el año.
 
EN LA REGULACIÓN DE LA JORNADA Y HORARIOS,
NO TODO ES GESTIÓN, TAMBIÉN HAY DERECHOS. RESPÉTENSE

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