sábado, 22 de noviembre de 2014

PIENSAS QUE EXAGERAMOS???' Estas son las perlas que nos proponen, si no te la quieres tragar EL 27 HUELGA GENERAL EN CORREOS

PROPUESTA SOBRE LA JORNADA DE TRABAJO;

Texto actual del Convenio.....Art.52

"La jornada ordinaria de trabajo anual, será de 1711 horas. La jornada de trabajo efectivo será de 37, 5 horas de promedio semanal, en cómputo trisemanal, Sin perjuicio de lo anterior, previo tratamiento en la Comisión de Tiempo de Trabajo  y debido a las necesidades del servicio se podrán realizar otros promedios diferentes, respetando en todo caso las 37,5 horas de promedio semanal en computo trisemanal. 

Texto propuesto para el nuevo Convenio....Art. 52

Respetando los limites de la jornada ordinaria de trabajo, señalada en los artículos anteriores (art.50 y 51) los horarios de trabajo serán establecidos en cada centro atendiendo a la actividad concreta que se desarrolle, La determinación de estos horarios deberá tener en cuenta y adaptarse al sistema de transporte, cargas de trabajo, atención al público, necesidades de los clientes etc.
para la jornada ordinaria de 37,5 horasen promedio semanal, podrán establecerse turnos de mañana, tarde  y noche.

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Como podemos ver, la modificación es de gran calado ya que nos quieren pasar de una jornada regulada y acotada no solo en un máximo de horas semanales sino que también  acotada al en computo trisemanal. La propuesta ahora, hace desaparecer el computo trisemanal y deriva la jornada al computo anual, es decir a las 1711 horas anuales lo que abre las puertas de par en par a la distribución irregular de la jornada que además al vincularla a los transportes (ya estaba) lo hace por cada centro de trabajo  y en función de los intereses de los clientes y en turnos de mañana, tarde o noche.

En el Art. 50 del texto propuesto, nos regalan la siguiente perla que da base al art. 52. 

"La jornada ordinaria de trabajo anual será de 1711 horas. La jornada ordinaria de trabajo "efectivo" será de 37, 5 horas en promedio semanal, en cómputo anual. (desaparece el limite trisemanal).
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, por necesidades de la organización y/o especialidad en la prestación de los servicios, la empresa podrá establecer , previo tratamiento en la comisión de tiempo de trabajo, otras jornadas de hasta cuarenta horas semanales en cómputo anual 

Como podemos ver en el tratamiento de la jornada de trabajo, la propuesta es una desregulación total en la que podrán modificar en cada centro de trabajo casí con total impunidad los horarión, turnos y jornadas pasando si así lo consideran a incrementarla hasta las 40 horas semanales en cómputo anual y en turnos de mañana, tarde y noche.

Estas modificaciones una de las primeras consecuencias que tendrá de implantarse será la incertidumbre laboral en nuestros horarios y por tanto la incertidumbre en nuestras vidas y nuestras familias, la consecuencia siguiente es un fuerte recorte en la ya mermada contratación de personal eventual. Solo con que se le aumentara a un tercio de la plantilla  la jornada a 40 horas semanales,sería sufuiciente para prescindir de todo el personal eventual de Atención al Cliente y de la mayoría del personal eventual  de reparto.


¿sigues pensando que exageramos? ...............el día "27 Huelga General en Correos y todos a Madrid a Manifestarnos¡¡¡

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